Código Sustantivo del Trabajo (CST)
Calculadora laboral Colombia
Estimación informativa con base en el Código Sustantivo del Trabajo (CST) de Colombia, año comercial de 360 días. Calcula cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones. No incluye indemnización por despido sin justa causa (depende del tipo de contrato), ni aportes o retenciones. No sustituye asesoría legal ni un cálculo de nómina certificado. Consulta al Ministerio del Trabajo o a un abogado laboralista para tu caso concreto.
Actualizado 2026-01-01 · Fuente: Ministerio del Trabajo de Colombia (Decretos 1469 y 1470 de 2025, ratificados por el Decreto 0159 de 2026)
Qué es la liquidación laboral y qué incluye
La liquidación laboral (también llamada liquidación de prestaciones sociales) es el pago que el empleador debe hacer al trabajador al terminar el contrato de trabajo, sin importar quién lo haya originado: renuncia, despido con o sin justa causa, o vencimiento del término pactado. Cubre las prestaciones sociales que se causaron pero aún no se han pagado hasta el último día trabajado.
En Colombia, la liquidación laboral básica incluye estas cuatro prestaciones sociales:
- Cesantías: un mes de salario por cada año de servicio (proporcional), pensado como un ahorro para cuando el trabajador quede cesante.
- Intereses sobre las cesantías: el 12% anual sobre el valor de las cesantías causadas (Ley 52 de 1975).
- Prima de servicios: un mes de salario al año, repartido en dos pagos semestrales (Ley 1788 de 2016).
- Vacaciones: 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año trabajado (Art. 186 CST), o su compensación en dinero si no se disfrutaron.
- Salarios y prestaciones extralegales pendientes de pago hasta el último día trabajado (bonificaciones, comisiones, horas extra), que esta calculadora no puede estimar por ser específicas de cada empleador.
- Indemnización por despido sin justa causa, cuando aplica: depende del tipo de contrato (término fijo o indefinido) y no está incluida en esta calculadora (ver el aviso más abajo).
Cómo se calcula la liquidación laboral paso a paso
La calculadora de arriba aplica las fórmulas oficiales del Código Sustantivo del Trabajo, con la convención de año comercial de 360 días (12 meses de 30 días) que usan el Ministerio del Trabajo y las calculadoras de nómina en Colombia:
- Cesantías = (salario mensual + auxilio de transporte, si aplica) × días trabajados ÷ 360. Si solo quieres esta parte, usa nuestra calculadora de cesantías.
- Intereses sobre cesantías = cesantías × días trabajados × 0,12 ÷ 360 (tasa fija del 12% anual).
- Prima de servicios = (salario mensual + auxilio de transporte, si aplica) × días trabajados en el semestre ÷ 360, con un tope de 180 días por semestre. Si solo quieres esta parte, usa nuestra calculadora de prima.
- Vacaciones = salario mensual (sin auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 720.
- Auxilio de transporte 2026: $249.095 COP al mes, obligatorio para quienes ganan hasta 2 salarios mínimos ($3.501.810 COP en 2026). Se incluye en la base de cesantías, intereses y prima, pero nunca en la base de vacaciones.
Tabla resumen de las prestaciones sociales en Colombia
Esta tabla resume cuándo se paga cada prestación, su fórmula y su base normativa:
| Prestación | Frecuencia de pago | Fórmula (base 360 días) | Norma |
|---|---|---|---|
| Cesantías | Anual (antes del 14 de febrero) o al terminar el contrato | Salario base × días ÷ 360 | Art. 249 CST, Ley 50/1990 |
| Intereses sobre cesantías | Anual (antes del 31 de enero) o al terminar el contrato | Cesantías × días × 0,12 ÷ 360 | Ley 52 de 1975 |
| Prima de servicios | Semestral (30 jun y 20 dic) | Salario base × días del semestre ÷ 360 | Ley 1788 de 2016 |
| Vacaciones | Anual o al terminar el contrato | Salario sin auxilio × días ÷ 720 | Art. 186 CST |
Ejemplos de cálculo de liquidación laboral
Ejemplo 1: renuncia con 1 año exacto de antigüedad. Camila trabajó del 1 de enero de 2025 al 30 de diciembre de 2025 (360 días, base comercial), con un salario mensual de $1.800.000 COP. Como gana menos de 2 SMLMV, recibe auxilio de transporte ($249.095). Su base para cesantías/intereses/prima es $2.049.095: cesantías = $2.049.095, intereses = $245.891, prima (180 días del semestre en curso) = $1.024.548, vacaciones (sin auxilio) = $900.000. Total aproximado: $4.219.534 COP.
Ejemplo 2: despido con 6 meses de antigüedad y salario alto. Julián, con un salario de $4.000.000 COP (por encima de 2 SMLMV, sin derecho a auxilio de transporte), es despedido tras 180 días trabajados (1 de julio al 30 de diciembre de 2025). Cesantías = $2.000.000, intereses = $120.000, prima (semestre completo) = $2.000.000, vacaciones = $1.000.000. Total aproximado: $5.120.000 COP, sin contar una eventual indemnización si el despido fue sin justa causa.
Ejemplo 3: salario mínimo con 2 años de servicio. Con el SMLMV 2026 ($1.750.905) más auxilio de transporte ($249.095), la base es $2.000.000 y los días trabajados 720 (2 años, del 1 de enero de 2024 al 30 de diciembre de 2025). Cesantías = $4.000.000, intereses = $960.000, prima (semestre completo, 180 días) = $1.000.000, vacaciones (sin auxilio, salario $1.750.905) = $1.750.905. Total aproximado: $7.710.905 COP.
Auxilio de transporte: cuándo aplica y cuándo no
El auxilio de transporte es obligatorio en Colombia para todo trabajador que gane hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y no reciba transporte directo de su empleador. Para 2026, el tope es $3.501.810 COP (2 × $1.750.905) y el valor del auxilio es $249.095 COP mensuales.
Es clave entender que el auxilio de transporte no es salario: no genera aportes a seguridad social ni pensión, pero sí forma parte de la base de cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios (porque la ley las calcula sobre el "salario" en un sentido amplio para estos efectos). En cambio, la base de las vacaciones excluye siempre el auxilio de transporte, porque las vacaciones remuneran un descanso, no un desplazamiento al trabajo.
La calculadora detecta automáticamente si tu salario da derecho al auxilio según el umbral vigente, pero puedes forzar la opción "Sí" o "No" si tu caso es distinto (por ejemplo, si tu empleador te da transporte propio).
Plazos legales para el pago de la liquidación laboral
La ley colombiana no fija un plazo único explícito para pagar la liquidación completa al terminar el contrato, pero sí establece reglas claras para cada componente y una sanción fuerte si el empleador se demora sin justificación:
- Lo más habitual en la práctica es que el empleador pague la liquidación el mismo día de la terminación del contrato o dentro de los días hábiles siguientes, junto con la carta de terminación y el certificado laboral.
- Si el empleador no paga oportunamente y no existe una razón atendible (por ejemplo, una controversia genuina sobre el monto), se activa la indemnización moratoria del Art. 65 CST: un día de salario por cada día de retraso, durante los primeros 24 meses, y después intereses de mora a la tasa más alta autorizada.
- Las cesantías, si no se pagan directamente al trabajador como parte de la liquidación, deben quedar consignadas en el fondo de cesantías respectivo; los intereses sobre cesantías se pagan siempre en efectivo, directamente al trabajador.
- Si tienes dudas sobre si tu empleador cumplió los plazos, puedes consultar directamente con el Ministerio del Trabajo o presentar una queja ante el Inspector de Trabajo de tu jurisdicción.
Vacaciones compensadas en dinero: cuándo aplica
Las vacaciones son, por regla general, un descanso remunerado que el trabajador debe disfrutar efectivamente, no un pago adicional. Sin embargo, hay situaciones donde la ley permite o exige que se paguen en dinero en lugar de tomarse como descanso:
- Al terminar el contrato de trabajo, si el trabajador tiene vacaciones causadas y no disfrutadas, el empleador debe compensarlas en dinero como parte de la liquidación final: esta es la situación que calcula la herramienta de arriba.
- Durante la vigencia del contrato, el empleador puede compensar hasta la mitad de las vacaciones anuales en dinero, solo si el trabajador lo solicita o lo acuerda expresamente, y siempre debe disfrutar al menos la otra mitad como descanso real.
- Para trabajadores de alta dirección o en cargos donde su ausencia genera un perjuicio grave a la empresa, la ley permite acuerdos especiales de compensación, siempre dentro de los límites anteriores.
- La base para calcular la compensación en dinero es siempre el salario mensual sin auxilio de transporte, igual que en el cálculo normal de vacaciones.
Qué NO incluye esta calculadora
Esta calculadora estima las cuatro prestaciones sociales básicas (cesantías, intereses, prima y vacaciones). No calcula:
- La indemnización por despido sin justa causa, que depende del tipo de contrato (a término fijo o indefinido), del salario y, en contratos indefinidos, de la antigüedad (Art. 64 CST): consulta al Ministerio del Trabajo o a un abogado laboralista para tu caso concreto.
- Aportes y descuentos a seguridad social (salud, pensión, retención en la fuente).
- Prestaciones extralegales pactadas en tu contrato o convención colectiva (bonos, fondo de empleados, etc.).
- El caso de trabajadoras del servicio doméstico o de regímenes especiales, que pueden tener reglas particulares.
Diferencia entre esta calculadora y la del Ministerio del Trabajo
La herramienta oficial "Mi Calculadora" del Ministerio del Trabajo (mintrabajo.gov.co) genera estimativos con el mismo tipo de datos (fechas y salario) y sirve como referencia oficial para trabajadores y empleadores. Esta calculadora usa las mismas fórmulas y convención de 360 días, con un desglose visible de cada prestación (cesantías, intereses, prima y vacaciones por separado) para que entiendas de dónde sale cada peso, además de calculadoras dedicadas para prima de servicios y cesantías si solo necesitas una de las dos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la calculadora laboral y para qué sirve?
¿Cómo se calcula la liquidación laboral en Colombia?
¿Qué diferencia hay entre esta calculadora y la del Ministerio de Trabajo?
¿Cuánto es la liquidación de un año de trabajo con el salario mínimo?
¿El auxilio de transporte se incluye en la liquidación?
¿Esta calculadora incluye la indemnización por despido?
¿Cómo se calcula la prima de servicios por separado?
¿Qué días cuenta la calculadora: calendario o comerciales?
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